Los certificados de profesionalidad mediante formación bonificada

Las empresas y centros de formación debidamente acreditados por las administraciones laborales competentes para impartir formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, que desarrollen las acciones formativas de forma privada (no financiadas con fondos públicos), deben cumplir todas las exigencias que con carácter general señala en el real decreto que lo regula, sin perjuicio de otras que puedan establecer las administraciones competentes. Y esta formación se puede gestionar mediante los créditos de formación y bonificar utilizando el sistema de la formación programada.

En estas acciones formativas no financiadas con fondos públicos desarrolladas por empresas y centros de iniciativa privada el citado seguimiento y control será realizado por el Servicio Público de Empleo Estatal.

De un modo general, las obligaciones de los centros y entidades de formación acreditados más importantes son:

  1. Comunicar, con una antelación no inferior a treinta días antes del inicio del curso, las acciones formativas que van a impartir para su autorización por la administración competente.
  2. Remitir a la administración competente la comunicación de inicio de dichas acciones formativas, especificando: fechas de inicio y finalización de cada acción formativa, la relación de alumnos participantes, con indicación de los que van a realizar el módulo de formación práctica en centros de trabajo (detallando empresas y fechas de realización), así como de los alumnos que se encuentran exentos de su realización.
  3. Tener a disposición de la administración competente la documentación justificativa de la acreditación requerida por formadores y tutores-formadores intervinientes en la acción formativa, y una planificación del proceso de evaluación, con indicación de las fechas de realización de las pruebas finales, de los instrumentos que se van a utilizar, de los espacios destinados a las pruebas y de la duración de las mismas.
  4. Disponer de los acuerdos o convenios con otras entidades o centros debidamente acreditados para la impartición presencial en el momento en el que se solicite al Servicio Público de Empleo Estatal la autorización de las acciones formativas a impartir.
  5. Entregar los convenios con las empresas. Es necesario el convenio o acuerdo entre los centros formativos y los centros de trabajo para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo, y la documentación acreditativa de la existencia de una póliza de seguro para la realización del módulo de formación práctica en las empresas.
  6. Comunicar a la administración competente las bajas y altas de alumnos y las fechas en que se producen.
  7. Antes de 3 meses tras la finalización del curso, remitir a la administración competente la documentación relativa al proceso de evaluación y los cuestionarios de evaluación de la calidad de las acciones formativas.

En el seguimiento y control de estas acciones formativas se comprobará, en la totalidad de las acciones formativas, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 19 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

  1. Comunicar, con una antelación no inferior a treinta días antes del inicio del curso.
  2. Remitir a la administración competente la comunicación de inicio de dichas acciones formativas.
  3. Disponer de la documentación justificativa de la acreditación requerida por formadores y tutores-formadores.
  4. Disponer de los acuerdos para impartir la formación presencial y los convenios con las empresas para el módulo de formación práctica.
  5. Comunicar a la administración competente las bajas y altas de alumnos y las fechas en que se producen.
  6. Antes de 3 meses tras la finalización del curso, remitir el proceso de evaluación y los cuestionarios de evaluación de la calidad de las acciones formativas.

Resumen de obligaciones de los centros y entidades de formación de iniciativa privada para impartir certificados de profesionalidad Los procedimientos de comunicación de acciones formativas vinculadas a certificados de profesionalidad a través de iniciativa pri

Esta formación puede utilizar la formación programada – bonificada para gestionar los créditos de las empresas privadas.