Alertas en la formación bonificada (programada).

Como cada año, en la última quincena de Diciembre de 2018 estará activa la aplicación de Formación Bonificada (Programada) 2019, donde al igual que en este ejercicio, se ha eliminado la información relacionada con los colectivos prioritarios, la no inclusión de la clasificación de acciones generales y específicas, o la supresión de los módulos transversales.

También se mantiene la eliminación de los cursos comunicados a efectos de bonificación, el diseño detallado de horarios lectivos por días, la posibilidad de impartir cursos con más de 8 horas diarias (para grupos de 1 día lectivo), incluir hasta 30 alumnos en la modalidad presencial, o el sistema de reserva del crédito antes del 30 de junio.

Por lo tanto, se podrán mecanizar los cursos con inicio a partir del 1 de enero de 2019 con cargo al crédito de formación del año 2019, y basados en las aportaciones del Real Decreto 694/2017, donde se regula la Formación Continua en el ámbito laboral, con especial incidencia de la formación programada por las empresas.

En estos días se debe realizar un control exhaustivo de la gestión documental en la formación bonificada, archivando en formato papel o digital el Contrato de Encomienda y Hoja de Adhesión, el informe de seguimiento en online, las hojas de firmas en Presencial, la programación didáctica y temporalización, junto a copia de la portada y programa o índice del manual entregado, o justificante de envío o recibí material didáctico.

Los cursos con horas online+presencial, serán consideradas de modalidad de teleformación (elearning) cuando la parte presencial del curso es igual o inferior al 20% de su duración total. Si la parte presencial del curso es mayor al 20%, se considera modalidad Mixta. Ejemplo: una acción con una duración total de 10 horas (con 9 horas online y 1 hora presencial), se considera modalidad teleformación. Será modalidad Mixta si se dispone por ejemplo de 7 horas son online y 3 horas son presenciales.

Las empresas bonificadas con menos de 50 trabajadores podrán indicar en el aplicativo de Fundae su voluntad de reservar el crédito de formación no consumido. Esta información se debe comunicar antes del 30 de junio de 2019, ya que a partir del 1 de julio esta apartado no podrá ser modificada. El crédito de 2019 se puede transferir a los años 2020 o 2021.

La aplicación de Fundae se prescinde de la información de los grupos comunicados a efectos de bonificación o de cofinanciación privada. Por ello, la diferencia de coste entre la cantidad bonificada en los seguros sociales y el coste de la formación según factura, se considera cofinanciación privada. Y aquellos cursos que no indiquen cantidad a bonificar también se consideran a efectos de cofinanciación privada.

Se mantiene un control de los cursos presenciales que se mejora con el detalle de cada día lectivo, ya que el calendario se creará con los datos de fecha de inicio y fin, los días de la semana en los que se imparten cada curso y el horario previsto. Con toda esa información, la aplicación del Sepe-Fundae genera un horario detallado por días, que permite añadir, cambiar o eliminar días u horas antes de realizar la comunicación de inicio, y por ello se eliminan los detalles del apartado de observaciones.

Por otro lado, los centros de formación bonificada se validan con el Registro de Entidades de Formación y se debe comunicar los códigos de censo correspondientes. Las empresas bonificadas y entidades organizadora a las que se hubiese encomendado la organización de la formación, deberán comunicar la información de cada curso, señalando la denominación y los contenidos básicos, la modalidad de impartición, el número previsto de empleados participantes, los datos del profesor o tutor, la fecha, horario y lugar de realización.

MÁS INFORMACIÓN EN EL FORO DE AENOA PLUS.

En esta semana se debe vigilar algunos aspectos importantes como estar atento a los mensajes de Fundae, especialmente cuando envían un mensaje urgente a través de la aplicación, o en los cursos bonificados online, siempre existe un Centro Gestor de Tutorías o de la plataforma de Teleformación, que tiene la utilidad de coordinar las tutorías y facilitar las labores de seguimiento y control, por ello se debe estar abierto y operativo en las mismas horas de tutorías de los cursos.

A final de año se aconseja indicar pocas Incidencias en Formación programada, ya que no se dispone de tiempo para solucionarlas. Además, a final de año no se aconseja no cambiar de certificado digital, ya que te dificultará las notificaciones telemáticas relativas a la formación bonificada, como alta de usuario, alta de cuenta de cotización, etc.

La aplicación informática avisa de situaciones que necesitan una especial atención, como son las que señalan errores en la aportación privada o cofinanciación, datos empresas con cuota y plantilla sin validar, o crédito dispuesto (consumido) mayor al asignado, discrepancias en la declaración de inexistencia de RLT, o listados de cursos incidentados o modificados.

Las empresas participantes que utilizan el modelo 1, la cantidad bonificada deben estar justificadas con facturas y contabilidad. Las entidades organizadoras pueden impartir la formación o contratarla con una entidad inscrita. En este caso, el citado centro no puede subcontratar la formación.

Si se gestiona un curso elearning, se debe vigilar que la impartición se desarrolle a través de un campus de formación que posibilite la interactividad de participantes, tutores y recursos. El curso estará en un entorno virtual de aprendizaje que permite la interacción real y constante, incluir Guía Didáctica, C. Vitae del tutor, asistencia Tutorial, Controles de Aprendizaje y Recibí de entrega de las claves.