En Noviembre se ha presentado días el programa Kit Digital, donde se pretende invertir más de 3.000 millones de euros en la digitalización de las pymes y autónomos entre los años 2022 y 2023, con cargo a los fondos europeos Next Generation EU.

En las próximas semanas se publicará en el Boletín Oficial del Estado
(BOE) la Orden de Bases, un documento en el que se establecerán los principios y requerimientos legales del programa. En la convocatoria de la subvención se indicarán las condiciones que deben reunir las empresas que quieran optar a estas ayudas. En la primera propuesta se dirige la subvención a las pymes de entre 10 y 49 empleados, y contará con un presupuesto de 500 millones de euros.

La idea del programa Kit Digital (bono digital) es impulsar la puesta en marcha de proyectos de transformación digital, de modo que las cuantías dependerán del nivel de madurez digital de las pymes, así como del precio de las soluciones digitales que quieran implementar. El proceso para solicitar las subvenciones es fácil, que obligará al principio por un “test de autodiagnóstico”, accesible desde la propia web de Acelera Pyme. A partir de ese test, la plataforma recomendará determinados tipos de soluciones.

Posteriormente, la pyme debe consultar el catálogo de soluciones que se ofrecerán desde el marketplace de Acelera Pyme, y elegir una o varias de ellas. Una vez seleccionadas, las empresas beneficiarias ya podrán solicitar su correspondiente bono de digitalización. Para ello, se pondrá en marcha una plataforma de Acelera Pyme un acceso a la sede electrónica de Red.es. Al final, la empresa utilizará su bono y canjearlo por las soluciones que usted quiera, dentro de las opciones ofrecidas por Acelera Pyme.

En este proceso aparece una figura nueva llamada Agente Digitalizador, es decir, las empresas interesadas en que sus soluciones digitales aparezcan en Acelera Pyme deberán rellenar un formulario de adhesión, disponible próximamente en la plataforma de Acelera Pyme. Pero deben cumplir los requisitos:

– Entidad con domicilio fiscal en España, y una antigüedad mínima de 2 años en el desarrollo de su actividad.
– Haber alcanzado una facturación de 100.000 € en alguno de los dos últimos ejercicios cerrados anteriores a la solicitud.
– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
– No tener consideración de empresa en crisis.

La Administración tiene previsto una campaña de publicidad e informará de las diferentes novedades sobre este programa a través de los canales propios del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la Secretaría de Estado de Digitalización e IA, y la empresa pública Red.es, que coordina el Kit Digital.