En el nuevo aplicativo de Fundae de 2023 se puede acceder al sistema y vuelcan algunos datos del año anterior como el perfil de administrador, información disponible de la empresa en el último ejercicio, usuarios que tuvieran autorizado el acceso, etc. No aparecen las empresas bonificadas de ejercicio anterior, aunque sí se puede recuperar las acciones formativas.

Las comunicaciones de inicio siguen en 2 días de antelación. La cancelación o la modificación de los datos de una acción o grupo formativo que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución o de localidad se realiza con 1 día de antelación. Se permite la firma electrónica de los responsables de formación, formadores y alumnos mediante captura de firma digitalizada o con datos biométricos en cualquiera de los documentos que precisen de su firma, que tendrá que estar asociada al correspondiente documento identificativo de autenticidad.

Aparece un nuevo apartado de sector de empresa, también una modificación orden de cumplimentación del área profesional en grupos de acciones (entidades organizadoras), y el uso obligatorio de medios electrónicos, ya que Fundae y se Sepe señalan que son medidas han demostrado su eficacia y efectos favorables, para ayudar al del tejido empresarial y de la protección de trabajadores, así como
de la recualificación profesional y la mejora de sus condiciones laborales.

Sigue el Aula Virtual y Bimodal. Se considera un adecuado instrumento de impartición para facilitar el acceso a la formación para un mayor número de participantes, además de una acertada apuesta de futuro, motivo por el cual se considera oportuno dotarle de un reconocimiento. Es un entorno de aprendizaje donde el docente y alumnos interactúan, de forma concurrente y en tiempo real , a través de un sistema de comunicación telemático de carácter síncrono que permita el intercambio de conocimientos.

Deberá contar con un registro de conexiones generado por la aplicación del aula virtual en que se identifique, para cada curso, los participantes en el aula, así como sus fechas y tiempos de conexión de cada alumno, que posibilite la conexión durante el tiempo de celebración del aula por parte de los órganos de control. Contener registros, justificante entrega de material didáctico, prueba de Aprendizaje, justificante entrega de Cuestionario Evaluación de la Calidad, justificante entrega de Diplomas o Certificados, etc.

Por otro lado, en la segunda quincena de diciembre de 2022 algunas empresas han recibido una comunicación de la ITSS mediante cartas ordinarias a empresas solicitando la devolución de las bonificaciones efectuadas en el año 2019 que, según se informa, fueron reclamadas por el SEPE. Son cartas ordinarias, informativas y que no forman parte del procedimiento administrativo que se iniciará con el acta de liquidación provisional. Solicitan el pago antes del 31 de enero de 2023, y lleva incorporado un 20% de recargo.

Respecto a la famosa sentencia sobre PRL, Fundae indica que la Ley 30 2015 y el RD 694 2017 no hacen distingos en las materias que pueden ser objeto de bonificación, sólo establece que la formación debe de tener relación con la actividad que desarrolla la empresa teniendo en cuenta que no se admite aquella que sea divulgativa, informativa o de implantación. Por tanto, si cumple con el resto de requisitos contemplados en las mismas, no habría problemas.