OBJETIVO DEL SISTEMA DE BONIFICACIONES.
El sistema de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social tiene como objetivo esencial promover y facilitar el acceso a la formación continua de los trabajadores, contribuyendo a la mejora de su empleabilidad, cualificación profesional y adaptación a los cambios tecnológicos y organizativos. Además, permite a las empresas, especialmente a las pymes, optimizar sus recursos y desarrollar estrategias de formación que fortalezcan su competitividad en el mercado. Este mecanismo permite a las empresas recuperar, total o parcialmente, el coste de la formación a través de deducciones aplicadas en los boletines de cotización a la Seguridad Social.
CÁLCULO DEL CRÉDITO FORMATIVO.
El crédito formativo disponible para cada empresa se calcula anualmente en función de las cotizaciones por formación profesional realizadas en el ejercicio anterior, así como del tamaño de su plantilla. Este crédito puede incrementarse mediante la acumulación de créditos no consumidos durante un ejercicio, si la empresa lo ha solicitado expresamente mediante la funcionalidad correspondiente en la aplicación telemática de FUNDAE, antes del 30 de junio del año en curso.
REQUISITOS PARA APLICAR BONIFICACIONES.
Para poder aplicar bonificaciones de forma válida y conforme a derecho, las empresas deben cumplir con una serie de requisitos administrativos, contables y de comunicación:
- Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Comunicar a través de la aplicación de FUNDAE el inicio de la formación con una antelación mínima de dos días hábiles respecto a la fecha de comienzo.
- Informar a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT), en los casos en los que la empresa disponga de ella, con antelación al inicio de la formación.
- Comunicar la finalización de la formación, incluyendo datos detallados sobre participantes, duración, modalidad, costes, resultados y evaluación.
- Conservar toda la documentación justificativa durante un mínimo de cuatro años, incluidos los soportes de control y evaluación.
MODALIDADES FORMATIVAS Y MÓDULOS ECONÓMICOS.
FUNDAE establece módulos económicos máximos subvencionables por participante y hora de formación, diferenciados según la modalidad:
- Modalidad presencial: hasta 13 euros por hora y participante.
- Modalidad de teleformación (online): hasta 7,5 euros por hora.
- Modalidad mixta: se aplican los importes correspondientes a cada modalidad en función de las horas dedicadas.
Cabe destacar que, para que la formación en modalidad teleformación sea válida, debe desarrollarse en una plataforma que permita la interacción didáctica entre tutor y alumno, el seguimiento del progreso formativo, y el cumplimiento de los criterios técnicos y pedagógicos establecidos por la normativa.
GESTIÓN DE LAS BONIFICACIONES.
La correcta gestión de las bonificaciones implica la utilización de la aplicación telemática de FUNDAE, mediante la cual se realizan todas las comunicaciones necesarias. Una vez completada y comunicada la formación, el sistema calcula automáticamente el importe a bonificar, respetando los siguientes límites:
- El coste real incurrido en la acción formativa.
- El crédito anual disponible de la empresa.
- Los módulos económicos máximos fijados para cada modalidad.
Asimismo, deben tenerse en cuenta los costes indirectos u organización, y los costes salariales de los trabajadores formados dentro del horario laboral, que podrán imputarse como cofinanciación privada, cuando sea exigible según el tamaño de la empresa.
PLAZO PARA APLICAR LA BONIFICACIÓN.
El importe de la bonificación podrá aplicarse a partir del boletín de cotización inmediatamente posterior a la fecha de finalización de la formación, siempre que se haya cumplido correctamente con las comunicaciones exigidas. La empresa dispone hasta el último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico en curso para aplicar dicha bonificación. Superado dicho plazo, se pierde el derecho a la aplicación del crédito disponible para ese ejercicio.
CONTABILIZACIÓN DE LA BONIFICACIÓN.
Desde el punto de vista contable, las bonificaciones deben registrarse correctamente en la contabilidad de la empresa, preferentemente como una “subvención” recibida o como una reducción de los gastos de Seguridad Social. Es fundamental que dichas cantidades estén claramente identificadas y separadas del resto de movimientos contables, para permitir su trazabilidad en caso de revisión por parte de la Administración. La normativa exige conservar justificantes de los costes directos, facturas, recibís, hojas de firmas, materiales didácticos y evidencias de participación y evaluación.
HERRAMIENTAS Y RECURSOS DISPONIBLES.
Con el fin de facilitar el cumplimiento de los procedimientos y la adecuada gestión de la formación bonificada, FUNDAE pone a disposición de empresas y entidades organizadoras:
- Plataforma telemática para la gestión integral de las acciones formativas.
- Manuales de usuario actualizados y guías de buenas prácticas.
- Repositorio de preguntas frecuentes y documentación normativa.
El sistema de formación bonificada constituye una palanca clave para mejorar la capacitación de los recursos humanos en las empresas españolas. Su correcta aplicación no solo favorece la adquisición de nuevas competencias por parte de los trabajadores, sino que también contribuye a la transformación digital, la innovación y la sostenibilidad del tejido empresarial. Para una gestión eficaz, segura y conforme a la normativa, resulta altamente recomendable el acompañamiento de profesionales expertos en formación programada y el uso adecuado de las herramientas de gestión proporcionadas por FUNDAE. El respeto a los plazos, los requisitos técnicos y los criterios de calidad formativa resulta fundamental para garantizar el éxito del proceso y evitar contingencias en auditorías o inspecciones posteriores.