Tanto la Ley 30/2015 como el RD 694/2017 obligan a la evaluación de la formación bonificada en todas las fases del proceso formativo, así como la valoración de la satisfacción de los alumnos. Por lo ello, las empresas bonificadas, entidades organizadoras y centros de formación están obligadas a entregar los cuestionarios de evaluación de la calidad a todos los alumnos que finalicen los cursos, así como recopilar y archivar dichos cuestionarios.
En estas semanas Fundae está enviando email a entidades organizadoras o empresas para solicitar las encuestas de calidad. En este cuestionario se preguntan por los requisitos técnicos utilizados, cuestiones sobre el equipo de tutores, dinamizadores y técnicos de soporte informático, contenidos y recursos didácticos (creación o licencias de uso), coste de plataforma (mantenimiento, alojamiento, licencias de software), …
Es decir, es obligatorio que los alumnos participantes valoren la calidad de los cursos con un cuestionario de evaluación de calidad diseñado con un formato oficial por parte del Sepe y Fundae, con un apartado de Datos de clasificación del participante y otro de Valoración de las acciones formativas. Aunque si algún alumno no cumplimenta dicho documento, no pierde ningún derecho, ni afecta a su certificación, justificación o bonificación de la formación.
Es decir, la evaluación es obligatoria tanto por las empresas bonificadas como por los grupos de empresas que organizan la formación para sus trabajadores, así como por las entidades externas a las que se les encomiendan la organización de la formación. Todas deben asegurar el desarrollo adecuado de los cursos, y las funciones de control, seguimientoy evaluación. Las entidades organizadoras deben facilitar a las empresas toda la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de los cursos, así como toda la información necesaria para la adecuada bonificación en los seguros sociales.
El sistema de formación bonificada obliga a entregar el cuestionario de calidad a todo alumno participante que finalice su formación, para que lo cumplimente el último día de la acción formativa, tal y como se recoge el RD 694/2017. Por ello, el Sepe o Fundae pueden solicitar los correspondientes cuestionarios de calidad para de analizar la calidad de las acciones formativas desarrolladas en el ámbito de las bonificaciones de las empresas.
Al finalizar la formación, las empresas bonificadas tienen la obligación de proporcionar a los alumnos el cuestionario de calidad, teniendo en cuenta que se ajustará al modelo publicado mediante Resolución del Sepe y Fundae. El Cuestionario se puede ampliar con nuevas preguntas. Los campos que son necesarios cumplimentar son: Nº expediente, perfil de la empresa (bonificada o entidad organizadora); CIF de la empresa; Nº acción y grupo; denominación acción; modalidad, etc.
En la actualidad están solicitando algunas encuestas de calidad de cursos realizados en 2021. La fecha de entrega máxima es 16 de agosto. Se debe subir a la plataforma de Fundae. Los cuestionarios deben ser recopilados y custodiados por la empresa bonificada individualmente o por la entidad organizadora, cuando así se acuerde.
Desde la web de la FUNDAE se publicarán instrucciones específicas cuando se inicie el proceso de requerimiento de los cuestionarios de calidad. Solamente deberán ser enviados los cuestionarios que hayan sido requeridos.