Convertirse en profesor o tutor de formación continua es una opción profesional muy atractiva. Sin embargo, para ejercer esta actividad de manera regular y segura, es necesario cumplir con una serie de requisitos legales. Primero darse de Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037). El primer paso es registrarte en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores mediante el modelo 036 o 037, y seleccionar epígrafe del IAE: 932.99: Otras enseñanzas no regladas; 931.10: Enseñanza de formación profesional; o 933.90: Otras actividades de enseñanza. Si impartes diferentes tipos de formación, podrías necesitar incluir más de un epígrafe. Es importante especificar con claridad las características de tu actividad y los servicios que ofrecerás.

 

También darse de Alta en la Seguridad Social (RETA). Este paso es crucial para cotizar de forma independiente y obtener derechos asociados a la actividad laboral. Ofrece algunos beneficios como: Acceso a prestaciones por enfermedad o cese de actividad cumplimiento normativo ante inspecciones, seguridad jurídica para ejercer tu actividad. Aunque en algunos foros se indican que podrías no necesitar darte de alta si tus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es recomendable hacerlo para evitar riesgos.

 

Al mismo tiempo, cumplir con las Obligaciones Fiscales. Es fundamental gestionar correctamente tus obligaciones fiscales, por ejemplo la Exención de IVA: La formación profesional está generalmente exenta de IVA, por ello debes verificar que tu actividad cumpla con los requisitos para esta exención. También las declaraciones trimestrales: Presenta el modelo 130 para declarar tus ingresos por actividad económica. Y por último, llevar una contabilidad ordenada y consultar con un asesor fiscal puede simplificar estas tareas y garantizar el cumplimiento normativo.

 

Consideraciones importantes de autónomos

 

-Ingresos Reducidos: Si tus ingresos no superan el SMI y la actividad no es habitual, podrías justificar no darte de alta en el RETA. Sin embargo, la Seguridad Social suele exigir el alta en la mayoría de los casos.

 

-Alternativas para Actividades Esporádicas: Podrías facturar a través de cooperativas de trabajo asociado o plataformas especializadas, pero ten en cuenta sus limitaciones legales, especialmente para cursos bonificados.

 

-Ventajas de Darse de Alta Correctamente: cumplimiento legal para evitar sanciones y garantizar que tu actividad, muchas empresas exigen formadores registrados para trabajar en formación, obtener acceso a coberturas como bajas por enfermedad y ayudas por cese de actividad, o mejorar tu imagen y credibilidad como formador.

 

Resumiendo

 

Impartir clases, ya sea de forma presencial u online, conlleva una serie de obligaciones fiscales que es fundamental conocer para evitar problemas con la Administración Tributaria. Uno de los aspectos más importantes es determinar si la enseñanza que se imparte está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). La exención del IVA suele aplicarse a actividades educativas regladas como la enseñanza escolar, universitaria, formación profesional, o formación bonificada, pero es crucial consultar la normativa vigente y, en caso de duda, solicitar asesoramiento profesional.

 

Además de la cuestión del IVA, los docentes autónomos están obligados a presentar trimestralmente el modelo 130 de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este modelo sirve para liquidar el impuesto correspondiente a los ingresos obtenidos por la actividad docente. Para realizar esta declaración de forma correcta, es imprescindible llevar una contabilidad detallada de todos los ingresos y gastos derivados de la actividad. Esta contabilidad no solo permitirá calcular con precisión la base imponible del IRPF, sino que también servirá como justificante ante la Administración Tributaria en caso de inspección. Entre los gastos deducibles se encuentran los materiales didácticos, el alquiler de un espacio de trabajo, los gastos de desplazamiento, etc.