En la Formación Profesional para el Empleo del año 2016 destacan los programas de formación sectoriales, los programas de formación transversales, los de cualificación y reconocimiento profesional, y la oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores desempleados.

Por otro lado, siguen funcionando la formación en alternancia con el empleo, formación no financiada con fondos públicos, desarrollada por centros y entidades  privados en certificados de profesionalidad.

Los cursos deben guardar relación con la actividad de la empresa y se desarrollarán de un modo adaptado a las necesidades de los trabajadores y empresarios, ajustados a las competencias de trabajadores. La duración mínima de las acciones formativas será 2 horas.

Participan los trabajadores fijos discontinuos en sus periodos de no ocupación, los que accedan al desempleo durante el periodo formativo, los afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas· económicas, técnicas, organizativas o de producción.  También los colectivos cuyo régimen de cotización contemple el pago de cuota de FP. Las empresas disponen de un “crédito de formación” que pueden bonificar en las correspondientes cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

Por otro lado, cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la Formación Profesional en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva, se entenderá cumplido, en todo caso, el derecho del trabajador al permiso retribuido de 20 horas anuales de Formación.

Por último, en un futuro se pondrá en marcha el Cheque Formación para desempleados, ya que los servicios públicos de empleo podrán, como alternativa a las convocatorias de subvenciones, proporcionar un «cheque formación» a los desempleados que se acrediten para realizar cursos que ayuden a la empleabilidad.