En la segunda quincena de Diciembre la Fundación Estatal Fundae activará la nueva aplicación informática de Formación programada (bonificada) 2020, y ya será posible mecanizar los cursos que empiecen durante el mes de enero.

Antes de que acabe el año es importante comprobar los alumnos o grupos incidentados, modificados o bloqueados, posibles errores en la cofinanciación por costes salariales o aportación privada , incidencias con la representación de los trabajadores – RLT, empresas que han bonificado por encima de su crédito disponible, grupos formativos en proceso de seguimiento o inspecciones, empresas de nueva creación o de reanudación de su actividad, empresas que no pagaron FP el año anterior, … También analizar los motivos causantes de que algunas empresas que no hayan consumido el crédito disponible, y el listado de empresas que han reservado el crédito para el año 2020.

Es importante indicar que para 2020 se debe actualizar el contrato de encomienda y la hoja de adhesión (si no se indicó que el contrato es Indefinido), mecanizar de nuevo todas las empresas participantes, planificar las nuevas acciones formativas para el primer trimestre del año, analizar los cambios en las cláusulas de todos los documentos de gestión que incluyan la nueva LPOD (RGPD), comprobar si se publica alguna novedad sobre el elearning, o regulación de la formación mediante píldoras o cápsulas de formación Sin olvidar los cambios en las comunicaciones electrónicas.

En cuanto a las empresas de nueva creación o que no ha cotizado por formación profesional en el año anterior, se debe demostrar que al menos tiene contratado a un empleado y que cotiza por formación profesional. Los documentos que suelen solicitar son: “Resolución de Inscripción de empresario en el Sistema de la Seguridad Social” o la “Resolución de reanudación de actividad de empresa en el Sistema de la Seguridad Social” junto con el primer Recibo de liquidación de cotizaciones y el justificante de ingreso de dicho recibo

Interesa estudiar la situación actual de la formación bonificadad para evitar las conciliaciones no conforme, es decir, comprobar si aparecen bonificaciones practicadas ante la TGSS superiores a las notificadas en la aplicación, errores en cofinanciación o indicidencias con la RLT. Las causas de esta diferencia son comunicadas mediante correo electrónico a la empresa bonificada, y en muchos casos se debe consultar el documentación restante en mediante el C.S.V utilizando el código de acceso que se proporciona en la comunicación.

Algunas incidencias importantes son participantes anulados por incidencias en la vida laboral, bonificación por formación aplicada en los boletines superior al crédito asignado para formación y a la bonificación aplicada, el impacto económico del seguimiento (inspecciones), participantes incidentados, cursos sin finalizar, o entidad que no cumple los requisitos para acogerse a la FP o que no ha cotizado por FP en el año anterior.

En el caso de incidencias en la vida laboral, se recomienda la revisión de los datos NIF y NISS cumplimentados en la aplicación, y solicitar el “Informe de vida laboral” o “Informe de trabajadores en alta”. Asimismo, interesa recopilar los seguros sociales del mes de inicio de la formación (si se ha cotizado todo el mes a jornada completa). Para empleados fijos discontinuos, es necesario aportar “Informe de vida laboral” del participante anulado de un periodo amplio que acredite sus sucesivas contrataciones.