La formación continua bonificada se ha convertido en una herramienta esencial para mantener a las empresas y a sus trabajadores a la vanguardia. La formación programada por las empresas (sistema de bonificaciones de FUNDAE) ofrece una oportunidad para desarrollar competencias que mejoren tanto el desempeño individual como el corporativo.

 

La formación programada puede ser impartida por una variedad de entidades, siempre que cumplan con la normativa vigente. Esto incluye centros y entidades de formación registradas, así como el personal interno de las propias empresas si gestionan su propia formación (modelo 1 Autogestión). También las entidades organizadoras (Modelo 2 o 3), que además de organizar, actúan como centros de formación y están debidamente inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación.

 

Antes del curso, es fundamental diseñar y programar los contenidos para que respondan específicamente a las necesidades de mejora de competencias en los trabajadores. Durante la impartición, es importante contar con docentes cualificados y asegurar el cumplimiento de las exigencias técnico-pedagógicas para mantener la calidad de la formación. Esto incluye también el seguimiento y evaluación continua del aprendizaje y la asistencia, además de adoptar medidas de protección y seguridad para los participantes.

 

Al finalizar el curso, los centros deben facilitar cuestionarios de evaluación de calidad y verificar la adquisición de competencias, culminando con la entrega de diplomas o certificados de asistencia que validen la formación recibida.

 

Requisitos para que la formación sea bonificada

 

Para que una formación pueda ser bonificada, debe estar vinculada directamente con la actividad de la empresa y puede ser impartida en modalidades presencial, teleformación o mixta. Es importante que la duración del curso se ajuste a los límites establecidos y que la formación sea completamente gratuita para los trabajadores. Además, se debe evitar la bonificación de actividades que tengan un carácter meramente informativo o divulgativo, como jornadas o seminarios.

 

Las entidades interesadas en impartir este tipo de formación deben inscribirse en el Registro Estatal de Entidades de Formación antes de comenzar la impartición de cualquier curso. Este proceso incluye la presentación de una declaración responsable y el cumplimiento de diversas obligaciones, como someterse a controles y auditorías de calidad y mantener actualizados los datos de la entidad.

 

Tanto las empresas como las entidades formadoras deben conservar una serie de documentos esenciales por un periodo de cuatro años, que incluyen los currículums y acreditaciones de los formadores, pruebas de evaluación, registros de asistencia, cuestionarios de evaluación, y facturas detalladas de la formación impartida.

 

La formación programada por las empresas, cuando se gestiona y se ejecuta correctamente, no solo es una inversión en el capital humano de la compañía sino también una estrategia para mejorar la competitividad y la innovación en un entorno empresarial cada vez más exigente. Aprovechar al máximo los cursos bonificados de FUNDAE puede resultar en un crecimiento tanto para los empleados como para la organización en su conjunto.

Para ser impartidores en la formación bonificada gestionada por Fundae, los centros de formación deben cumplir con una serie de características y requisitos:

  1. Registro Estatal de Entidades de Formación: Los centros deben estar inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación. Esta inscripción es un requisito indispensable para poder impartir formación programada por las empresas y formación bonificada.
  2. Capacidad técnica y profesional: Deben demostrar que tienen la capacidad técnica y profesional adecuada para realizar las acciones formativas. Esto incluye disponer de infraestructura adecuada, personal cualificado y experiencia en la impartición de formaciones.
  3. Cumplimiento de los requisitos técnicos y pedagógicos: Los centros deben garantizar que cumplen con todos los requisitos técnicos y pedagógicos exigidos para asegurar la calidad de la formación. Esto implica disponer de los medios adecuados para impartir la formación en las modalidades que se ofrezcan (presencial, teleformación, etc.).
  4. Documentación y seguimiento: Es necesario que los centros mantengan una documentación adecuada y sistematizada de todas las acciones formativas, incluyendo registros de asistencia, evaluaciones de los participantes, y cualquier otro tipo de documentación requerida por Fundae para justificar la formación.
  5. No subcontratación del curso: Los centros de formación no pueden subcontratar con terceros la ejecución de la acción formativa que les ha sido adjudicada. Sin embargo, la contratación del personal docente no se considera subcontratación.