En las inspecciones de los cursos de modalidad presencial, el responsable del Sepe comprobará los siguientes aspectos:

-Las instalaciones y espacios, que deberán contar con los medios de prevención de riesgos, condiciones higiénicas, acústicas, de accesibilidad y habitabilidad que permitan la impartición del curso.

-El equipamiento empleado, recursos didácticos, medios técnicos y herramientas de aprendizaje utilizados deberán permitir adquirir los conocimientos y lograr los objetivos.

-Respecto al formador no existe en la normativa actual la exigencia de que el formador cumpla con unos requisitos específicos, salvo para la formación incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas. Pero en general el formador debe disponer de los conocimientos y habilidades para impartir esa formación. Por ello, solo se incidentará el grupo si el formador carece de esos conocimientos y la formación impartida no permite un proceso de aprendizaje adecuado.

-La hoja de firmas, donde se comprobará la existencia de controles de asistencia que serán firmados diariamente conforme al modelo normalizado. Debe estar presente, al menos, el del día de la actuación. En el caso de cursos que incluyan sesiones (mañana, tarde, noche) deberá quedar constancia de la firma del participante en cada sesión. Se observará un cómputo de asistencia mínimo del 75%.

Además, se comprobarán los siguientes aspectos:

-Que el contenido básico del curso coincide con el comunicado.
-Que la modalidad de formación coincide con la comunicada.·
-Que la duración del curso coincide con la comunicada.
-Que la duración del curso no es inferior a dos horas
-Que el grupo no está organizado para un número máximo de participantes superior al permitido (30 en general).
-Que la participación de un trabajador en un curso no sea superior a 8 horas diarias, salvo la impartición de la acción formativa se concentre en una sola jornada con duración superior a la señalada.

Por otro lado, se analizará el modelo de cuestionario rellenado por el docente. Este cuestionario sirve para que los formadores dejen constancia de datos tales como fechas de realización, horarios, material entregado, etc. Los cuestionarios deben estar firmados, fechados y con los datos identificativos del formador correctamente cumplimentados.

Y también el cuestionario del participante Se facilitará el cuestionario a los participantes bonificables presentes en el aula a los que se les pedirá su identificación, con el fin de contrastar la correspondencia entre las características de la formación impartida y la comunicada.

En caso de detectarse incidencias en las actuaciones realizadas en tiempo real, ex post o bien en el seguimiento realizado a entidades organizadoras a través de actuaciones masivas que puedan ser constitutivas de las infracciones, el técnico del Sepe dará traslado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que inicie la instrucción del expediente de conformidad con el procedimiento administrativo especial en esta materia.

Se deberá comunicar a la Unidad de seguimiento y control de acciones formativas, el traslado de las actuaciones a la Inspección de Trabajo. El SEPE, en colaboración con la FUNDAE, se lo comunicará a las empresas con el fin de que formulen las alegaciones que estimen oportunas o, en su caso, procedan a la devolución de las cantidades indebidamente aplicadas. Si las alegaciones no son aceptadas y no se produce la devolución, el SEPE lo comunicará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a la reclamación administrativa de las cuotas no ingresadas.