Desde hace varias semanas algunas empresas bonificadas están recibiendo Inspecciones Expost de cursos del año 2017. El Sepe le llama Contraste Documental, y en la comunicación suelen solicitar la siguiente documentación:
- En el caso de que la empresa esté exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y siempre que dicho Impuesto constituya un coste bonificado, certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria (impreso 01) o copia del Censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036).
- Las facturas, documentos sustitutivos o medios de prueba admitidos en derecho que soporten los costes de formación. Interesa aportar el documento B-1. Corresponde a la factura que paga la empresa bonificada, no las entidades organizadoras, ni las impartidoras.
- Justificantes de pago y extractos bancarios donde figure el cargo en cuenta por los costes de formación. El pago realizado por la empresa bonificada.
- Justificantes de las anotaciones contables de:
– El gasto de la formación. Con los asientos del gasto y también del pago.
– La bonificación aplicada correspondiente o TC1 del mes en el que se ha realizado la bonificación con el justificante de pago.
Deberán aportar copia de los apuntes contables del libro diario de los importes imputados donde aparezca la denominación y número de la cuenta de gasto, y que se puedan relacionar con la documentación remitida (facturas, justificantes de pago, etc.). En base al Código de Comercio, el libro diario deberá estar debidamente registrado. OBLIGATORIO INDICAR “FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO”
En caso de que las cuentas en las que se han contabilizado los costes comunicados no coincidan con la descripción y/o numeración del Plan General Contable, deberán remitir un detalle de cómo contabilizan los costes en la empresa objeto de requerimiento.
- Contrato de Encomienda de organización de la formación suscrito y Adhesión al Contrato con la entidad organizadora en los términos que establece la normativa, en el caso de que exista, donde figure el coste por los servicios prestados en concepto de organización.
En el caso de que la Entidad Organizadora haya contactado con la empresa, indicar el modo seguido, aportando, si corresponde, copia de la información o publicidad de los servicios ofrecidos. No se aporta ningún documento si el contacto ha sido telefónico.
- Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención alguna para la realización de las acciones formativas de cualquier otra entidad, pública o privada, nacional o internacional correspondiente al ejercicio objeto de requerimiento. No existe modelo oficial.
- Copia de los certificados o diplomas entregados o remitidos a los participantes y acreditación documental de que los trabajadores los han recibido o, en su defecto, de que les han sido remitidos los mismos.
- Copia de los partes de firma en la modalidad presencial y controles de aprendizaje e informe de seguimiento en la modalidad online.
- En el caso de formación en la modalidad de Teleformación, copia de la documentación acreditativa de la programación y metodología didáctica del curso. Guía Didáctica.
- Justificación de haber sometido las acciones formativas a información de la Representación Legal de los Trabajadores, en aquellos casos en los que la empresa disponga. Informe Favorable de la RLT.
- Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo (documento C.10). Se deberá adjuntar el detalle del cálculo de los costes declarados.
El contraste documental se solicita a la empresa bonificada, por ello dicha entidad es la que aporta los asientos contables, justificante del pago, facturas, etc. El centro de formación no debe aportar sus gastos, ni facturas.