La organización de la formación bonificada usando las entidades externas especializadas, permite una gestión más eficiente y enfocada de los programas de formación, adaptándose a las necesidades específicas de cada empresa y su plantilla.

Obligaciones Definidas: La entidad organizadora asume responsabilidades clave como contratar entidades de formación acreditadas, comunicar los inicios y finales de las formaciones y asegurar el desarrollo satisfactorio de los programas. Por otro lado, las empresas participantes deben gestionar adecuadamente los gastos de formación y asegurar la gratuidad para los trabajadores, entre otras obligaciones.

El contrato introduce una estructura de costos escalonada, permitiendo que las empresas más pequeñas soporten un porcentaje mayor de los costes de organización. Además, ofrece flexibilidad en el manejo de créditos de formación, permitiendo a las empresas de menos de 50 trabajadores acumular créditos para uso futuro.

Las notificaciones y comunicaciones relacionadas con la formación programada se realizarán electrónicamente, asegurando una mayor eficiencia y trazabilidad.
Apertura a Nuevas Adhesiones: El contrato permite la adhesión de otras empresas interesadas, proporcionando una plataforma flexible y escalable para la inclusión de más participantes en el futuro.

Cada empresa tiene la opción de desistir del contrato, respetando las obligaciones ya contraídas. Este contrato se considera indefinido desde su firma, asegurando una colaboración a largo plazo.

Esta iniciativa representa un paso importante hacia la modernización y especialización de la formación profesional en el ámbito laboral, adecuándose a las necesidades cambiantes del mercado y ofreciendo a los trabajadores herramientas relevantes para su desarrollo profesional.

Las entidades organizadoras deben contratar a las entidades de formación acreditadas y/o inscritas para la impartición de las acciones formativas (si se tratare de la misma entidad, se indicará que impartirá la formación y que se trata de una entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación. Y comunicar a través del sistema electrónico disponible en la Web de Fundae el inicio y la finalización de las acciones formativas.

También comunicar en la web de Fundae la empresa o empresas que tienen la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios. Asegurar el desarrollo satisfactorio de las acciones formativas, y la función de evaluación de las acciones formativas. Asegurar la adecuación de la formación realizada a las necesidades reales de las empresas y a la actividad empresarial, y custodiar el presente contrato, manteniéndolo a disposición de los órganos de control competentes.

Por último, facilitar a cada una de las empresas que suscriba el presente contrato la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas, así como la información necesaria para la correcta aplicación de las bonificaciones por parte de dichas empresas.