La formación continua es un pilar esencial para el desarrollo de competencias en el entorno laboral. En este contexto, la formación programada por las empresas, con el respaldo de las bonificaciones gestionadas a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae), se presenta como una oportunidad estratégica para las empresas. Sin embargo, la gestión eficiente y conforme a la normativa de estas bonificaciones representa un desafío significativo.
Comprobación de las Bonificaciones: Proceso y Resultados
La verificación de las bonificaciones aplicadas implica un proceso de comparación entre la comunicación realizada a través de la aplicación telemática del SEPE y la bonificación practicada por la empresa, según la información de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este proceso puede arrojar dos resultados:
- Conforme: Ocurre cuando las cantidades bonificadas son iguales o inferiores a las notificadas en la aplicación.
- No conforme: Se presenta cuando las bonificaciones ante la TGSS superan las notificadas, lo que conlleva una comunicación detallada de las causas de esta discrepancia a la entidad bonificada.
Interpretación y Alegaciones de la Comunicación “No Conforme”
La interpretación de una comunicación “No Conforme” y la presentación de alegaciones constituyen aspectos críticos en este proceso. Las alegaciones deben realizarse en un plazo de diez días hábiles, excluyendo los sábados, y presentarse electrónicamente a través de la sección “Envío de solicitudes y documentos” en el portal de Fundae.
Causas Comunes de Diferencias en las Bonificaciones
Las discrepancias entre la bonificación aplicada y la comunicada pueden originarse por diversas razones, entre las que se destacan:
- Bonificación superior al crédito asignado a la empresa.
- Aplicación de la bonificación fuera de plazo.
- Comunicación incorrecta en el sistema electrónico de Fundae.
- Entidades que no cumplen los requisitos para acogerse a la formación bonificada.
- Anulación de participantes por incidencias.
- Incumplimiento de la cofinanciación privada.
- Discrepancias en el seguimiento por incidencias detectadas.
Incidencias en la Vida Laboral y Subsanación
Las incidencias relacionadas con la vida laboral de los participantes se contrastan con las bases de datos de la TGSS. La anulación de participantes que no estén dados de alta en la fecha de inicio de la formación es una causa común de discrepancia. Para subsanar estas incidencias, es posible presentar diversos documentos, como el “Informe de vida laboral” o la “Relación Nominal de Trabajadores” de la TGSS, según corresponda.
Casos Específicos de Alegaciones
- Formación no relacionada con la actividad empresarial: Se requiere documentación que acredite la relación entre la actividad empresarial y el contenido de la formación.
- Entidades no autorizadas por la empresa: Es necesario aportar una declaración firmada por el representante legal de la empresa que confirme la autorización.
- Formación simultánea en acciones diferentes: No se admiten modificaciones de los datos notificados, lo que implica una gestión precisa y anticipada.
Cofinanciación Privada y su Incumplimiento
La gestión adecuada y conforme a la normativa de las bonificaciones en la formación programada por las empresas es esencial para maximizar su impacto y evitar discrepancias que puedan derivar en sanciones o devoluciones. La comprensión detallada de los procesos de verificación, comunicación y alegación, junto con una gestión documental rigurosa, son claves para el éxito en la utilización de estas bonificaciones.
La gestión efectiva de las bonificaciones en la formación programada por las empresas requiere un entendimiento profundo de los procesos de verificación, comunicación y alegación. Una correcta implementación y gestión documental son fundamentales para el aprovechamiento óptimo de estas bonificaciones, garantizando el cumplimiento normativo y contribuyendo al desarrollo de competencias en el ámbito laboral.
Referencias
- Normativas y procedimientos del SEPE y Fundae relacionados con la formación programada por las empresas y la gestión de bonificaciones.
- RD 694/2017 y legislación complementaria en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Más información en el próximo Congreso de Formación de Aenoa del 7 marzo en Madrid.
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