Algunas empresas están recibiendo inspecciones de costes de cursos realizados durante el ejercicio 2021, solicitando el contraste documental de los costes y otros aspectos, de las acciones formativas/grupos comunicados en la aplicación telemática, en la iniciativa de formación programada por las empresas.

Para ello se utiliza el documento de costes impreso B1, debidamente cumplimentado, acompañado de la copia de los siguientes soportes justificativos:

1. Si la empresa esté exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y siempre que dicho Impuesto constituya un coste bonificado, certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria (impreso 01).
2. Las facturas, documentos sustitutivos o medios de prueba admitidos en derecho que soporten los costes de formación.
3. Justificantes de pago y extractos bancarios donde figure el cargo en cuenta por los costes de formación.
4. Justificantes de las anotaciones contables del gasto de la formación. Deberán aportar copia de los apuntes contables del libro diario de los importes imputados donde aparezca la denominación y número de la cuenta de gasto, y que se puedan relacionar
con la documentación remitida (facturas, justificantes de pago, etc.).
5. Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención alguna para la realización de los cursos de cualquier otra entidad, pública o privada, nacional o internacional. El certificado debe estar firmado por el Representante Legal de la Empresa.
6. Copia de los certificados o diplomas entregados o remitidos a los participantes y acreditación documental de que los trabajadores los han recibido.
7. Copia de los partes de firma y/o controles de aprendizaje (según modalidad de impartición).
8. En el caso de formación en la modalidad de Teleformación, copia de la documentación acreditativa de la programación, metodología didáctica del curso o guía didáctica.
9. Costes salariales de los trabajadores formados durante el horario de trabajo (documento Certificado Costes de Personal de Participantes). Se deberá adjuntar de los costes declarados, el detalle del cálculo del coste hora efectuado.

La presentación de dicha documentación deberá realizarse en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación de este escrito. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya sido recibida, se considerará la acción/grupo afectada como no justificada, procediéndose a descontar los costes imputados dando traslado al SEPE.