El aplicativo de Fundae en el apartado de empresas participantes indica la plantilla media año anterior mecanizada por el usuario, señalando que es la plantilla media estimada de la empresa y que está pendiente de validación por la Tesorería Gral de la Seguridad Social. A partir del momento de actualizar los datos por la Tesorería General de la Seguridad Social (abril o mayo de cada año), la aplicación informa con el mensaje «Dato validado».

Existe un saldo acreedor TGSS donde se indica la fecha del último fichero de saldos acreedores facilitado por la Seguridad Social, datos que se volcarán en el cuadro resumen de información. Y por otro lado aparece el saldo Deudor TGSS, con la fecha del último fichero de saldos deudores facilitado por la Seguridad Social, cantidades que se volcarán en el cuadro resumen de información de la empresa.

Respecto al crédito, aparece por un lado un crédito asignado a AAFF, donde se muestra la cantidad para formación que disponen las empresas bonificadas que cotizan por la contingencia de formación profesional.

También un crédito dispuesto o consumido, señalando la cantidad que las empresas han dispuesto o gastado que se ha calculado a partir de la comunicación de grupos finalizados. Por otro lado, un crédito disponible, señalando el saldo real del crédito o la cantidad para la formación que las empresas tienen pendiente de disponer hasta final de año.

La bonificación de los seguros sociales se puede practicar como saldo acreedor, es decir, la cantidad a bonificar es mayor que la cantidad a abonar a la TGSS. En este caso se revisará previamente la cantidad solicitada y en la siguiente columna aparecerá la cantidad admitida. O por otro lado el saldo deudor con la cantidad a bonificar por la empresa realiza de un modo directo, puesto que dicha cantidad es menor que la cantidad a abonar a la TGSS.

Importante señalar que en formación programada o bonificada el porcentaje de bonificación de las empresas bonificadas que establece la Ley en función del tamaño de dichas empresas. Actualmente, las entidades de 6 a 9 trabajadores el 100%, de 10 a 49 trabajadores el 75%, de 50 a 249 trabajadores el 60%, o con más de 250 trabajadores el 50%. Para empresas de 1 a 5 trabajadores el crédito de formación se establece en 420 euros por empresa.

Y respecto a la Cofinanciación Privada las empresas con trabajadores de 6 a 9, el 5%; con plantillas de 10 a 49 trabajadores el 10%, las de 50 a 249 trabajadores el 20%, y las de más de 250 trabajadores el 40%. Las empresas de 1 a 5 trabajadores están exentas de esta obligación. En el caso de que las empresas no cumplan estos porcentajes están obligadas a devolver dicha diferencia en la conciliación no conforme.

El cumplimiento de la cofinanciación privada debe realizarse respecto a la totalidad del crédito y a final de año, y no para cada grupo. Por ello, hasta que no se realiza el cálculo final del total de grupo formativos realizados, se desconoce si se ha alcanzado la cofinanciación exigida.

Existirá una cantidad cumplida, que indica el importe de cofinanciación privada cumplida respecto a los costes totales de formación comunicados.

Y también un porcentaje cumplido, que señala el porcentaje de cofinanciación privada realizado respecto a los costes totales de formación comunicados. Indica el porcentaje de cofinanciación privada que se ha notificado en los costes de finalización de los diferentes grupos formativos. En este caso, el porcentaje se calcula proporcionalmente al total de los costes comunicados.

La novedad de este año en Formación programada o bonificada es que en el aplicativo de Fundae aparece al principio la plantilla media de la empresa según los datos del año anterior, cuota de formación profesional de este ejercicio, más la reserva acumulada del año 2018. Por ello es muy común que en las pymes se indique cantidad de crédito de 2019 igual a 420 euros, más la cantidad acumulada del año anterior (420 euros), total 840 euros.

Las empresas de nueva creación del sistema de formación programada o bonificada son aquellas creadas durante el ejercicio actual o el ejercicio anterior. Las empresas resultantes de una fusión, escisión o transformación societaria no se consideran de nueva creación. En este caso se deberá comunicar a través del campo de observaciones el proceso que ha sufrido la empresa.

En el aplicativo también debe indicar si ¿Existe Representación Legal de los Trabajadores?. Este dato debe estar relacionado con toda la información requerida en Acciones formativa y grupos relativa a la citada Representación Legal de los Trabajadores. Si se contesta afirmativamente y anteriormente se había declarado su inexistencia, deberán responder a la siguiente cuestión ¿la RLT ha sido constituida este año?

Otra pregunta importante es la de “¿Manifiesta la empresa la voluntad de acumular su crédito de formación con el siguiente o los dos siguientes ejercicios? (sólo empresas menores de 50 trabajadores)”. Este campo no es obligatorio, y podrá ser cumplimentado en caso de que la empresa tenga menos de 50 empleados, y antes del 30 de junio de cada año.

La cuenta de de cotización de la formación programada o bonificada tiene 11 dígitos, la estructura de los códigos de cotización se caracterizan por: los 2 primeros dígitos corresponden al código de la provincia, en caso de ser menor que 10 se incluirá un cero a la izquierda. Los siguientes 7 dígitos corresponden al número de cotización generado automáticamente por la Administración de la Seguridad Social. Los 2 últimos dígitos son de control que validan el número expedido.

Otra pregunta es la de ¿Se incorporan nuevos trabajadores al centro de trabajo de nueva creación?: En el caso de que la cuenta de cotización tenga centros de nueva creación, se debe indicar si se incorporan o no nuevos trabajadores al mismo. , ya que la aplicación requerirá diferentes datos en función de la opción elegida. En el caso de que si se incorporan nuevos trabajadores al nuevo centro de trabajo, se ha de determinar el número de nuevos trabajadores, incorporados en el primer boletín presentado en la Tesorería General de la Seguridad Social.