En la Conciliación No Conforme, la Fundación Estatal (Tripartita) y el SEPE (INEM) comparan la bonificación realizada en los seguros sociales y la comunicada en la aplicación informática de la Fundación.

En el estudio comparativo o cruce de base de datos, analizan:

-Comprobación de las diferencias detectadas en las bonificaciones de los boletines de cotización (TC) en el ejercicio 20XX.

-Análisis de la procedencia y exactitud de las deducciones en forma de bonificaciones de los boletines de cotización.

-Comparación de las bonificaciones aplicadas, según la información facilitada por la Tesorería Gral Seguridad Social y las aplicadas en base a la información notificada a través de la aplicación telemática.

-Comprobación de colectivos prioritarios y cofinanciación privada.

-Estudio de la vida laboral de los alumnos.

-Obtención de conclusiones del informe de las visitas de seguimiento y control (si lo hay). Ya sea En tiempo real, Epi, o Expost.

Obtiene los siguientes datos:

-Crédito dispuesto: muestra el crédito para formación que las empresas han dispuesto (gastado) y que se ha calculado a partir de la comunicación de grupos finalizados.

-Crédito disponible: muestra el crédito para la formación que las empresas tienen pendiente de disponer (lo que le queda por consumir).

-Saldo deudor TGSS: muestra la cantidad a bonificar que la empresa descuenta de su cotización a la Tesorería Gral Seguridad Social.

-Saldo acreedor TGSS: muestra la cantidad que la Tesorería Gral Seguridad Social abona a la empresa como resultado de la bonificación practicada (empresas pymes pagan pocos seguros sociales). Más info en www.aenoa.com

El resultado de la Conciliación puede ser de dos tipos:

Conforme. Las cantidades bonificadas y las comunicadas a la Fundación coinciden. En este caso se hará constar en la presente aplicación telemática, sin que sea necesaria notificación escrita del mismo.

No conforme. Existe diferencia entre las bonificaciones practicadas ante la TGSS y las comunicadas a la Fundación. El resultado se hace público en la aplicación informática de Fundae y se notificará por escrito a la empresa enviando una carta.

En el caso de No Conforme. Dos opciones:

–Pagar antes de 10/15 días hábiles a la cuenta del Banco de España

–Presentar alegaciones antes de 10/15 días hábiles, acompañando documentación complementaria.

En caso contrario, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizará la apertura de la correspondiente acta de liquidación, y en su caso la sanción.

A cada empresa participante con resultado NO CONFORME se le envía:

o Carta inicial informativa firmada por Director General de Políticas Activas de Empleo donde se señala el resultado NO CONFORME de la conciliación, el crédito de formación, la cantidad conciliada y bonificada, y la diferencia para devolver al nº de cuenta

BANCO DE ESPAÑA, (SEPE)

C.C.C.: 9000-0001-20-0203405128

Indicando un plazo de 10/15 días hábiles para realizar las aclaraciones o justificación, o el pago efectivo mediante ingreso en la cuenta bancaria indicada.

o Resumen de Ajustes sobre el crédito asignado para AA FF. Indicando la cantidad definitiva después del ajuste del crédito.

o Cálculo del Crédito Conciliado (Justificado). Analiza las diferencias en los colectivos prioritarios, aportación privada y las diferencias detectadas.

o Informe de resultados por grupos con incidencias. Indica los costes indicados y los ajustes realizados por la Fundación.

Las causas que ocasionan la diferencia entre la bonificación aplicada y el Crédito Conciliado, son las marcadas en el siguiente cuadro:

-Incumplimiento del porcentaje de colectivos prioritarios exigido. Dejan un margen de error del 5%.

-Incumplimiento del porcentaje de aportación privada exigido (Cofinanciación).

-Anulación/incidentación de los participantes por irregularidades en la vida laboral.

-El importe de la bonificación aplicada en la web de la Fundación es menor que la cantidad bonificada en los seguros sociales (indicada en la Tes. Gral Seg. Social).

-Impacto económico del seguimiento por incidencias detectadas a nivel de grupo, participante o en justificación de costes.

-Otros motivos: Errores RLT, formacion no finalizada, etc.

Por ejemplo, en la causa del Impacto económico por el seguimiento, el SEPE realiza actuaciones: A tiempo real, Expost y comprobación de las bonificaciones aplicadas. Se pueden dar distintas situaciones: Grupos incidentados o anulados, Participantes incidentados, e Incidencias en la justificación de costes.

Posibles aclaraciones a presentar

–  Incidencias grupo: se deben aportar evidencias que sustenten que el grupo se desarrolló en fechas, horarios, lugar y demás condiciones comunicadas en el inicio.

–  Incidencias de participantes: se deben aportar evidencias que sustenten que el participante realizó, al menos, el 75% del curso y que los datos comunicados del participante son los correctos.

– Incidencias costes: se deben aportar detalles de cálculo, nuevos documentos con las incidencias corregidas, anexos a los documentos enviados completando datos, justificaciones de costes no aportados con anterioridad o soportes justificativos de nuevos costes.